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EL DECRETO DE URGENCIA 03-2017 Y EL PROYECTO OLMOS

LA PRETENDIDA SALIDA LEGAL DE UNA ESTAFA AL PAÍS

Publicado: 2017-08-02


Existe gran confusión bajo los cielos con el tema del D.U. 03-2017, la intención de venta de las acciones de Odebrecht en Olmos y la consecuente destitución de las procuradoras Príncipe y Ampuero. Sin embargo, las nubes parecen despejarse para quienes buscan la legalización de una gran estafa a Lambayeque y al Estado peruano.

I.- GRAVES ERRORES O ESTREPITOSAS INVENCIONES

Pareciera que los miembros del Ejecutivo tienen ideas uniformes sobre la necesidad de que Odebrecht venda ya sus acciones en Olmos para que cancele US$ 60 millones de reparación civil al Estado y expulsar del país a la corrupta empresa lo más rápido posible. Sin embargo, existe al respecto un ambiente raleado que se acentúa por las declaraciones de algunos ministros que expresan notable desconocimiento de hechos básicos como los siguientes.

“Si no se venden las acciones se verán perjudicados 18 000 trabajadores”

Las tierras del proyecto son propiedad de grandes empresas que han contratado trabajadores (profesionales, técnicos y mano de obra barata) en el promedio señalado que dependen directa y exclusivamente de sus empleadores. La venta de las “acciones” les es totalmente indiferente.

“Estamos preocupados porque problemas en el abastecimiento de agua perjudicará la producción destinada mayormente a la exportación”

El reservorio Limón parcial tiene una capacidad de 30 millones de m3 (MMC), la Presa de éste tiene un comportamiento corriente, por el túnel trasandino discurren las aguan sin contratiempo alguno, la infraestructura mayor y menor de riego son estables. Por otro lado, el abastecimiento del agua de riego está totalmente asegurada con la reserva existente y el caudal del Huancabamba; más aún, 335 MMC/año de agua asignados al proyecto Alto Piura que no son utilizados se pierden en la cuenca del Atlántico. El funcionamiento de estos componentes no tiene nada que ver con la venta de las “acciones” de Olmos.

“Me preocupa la operación y mantenimiento del proyecto Olmos”

El mismo D.U. 03-2017, en su Artículo 5.- Retención de importes a ser pagados por el Estado, inciso 5.1 señala que “Las entidades del Estado que resulten obligadas a efectuar algún pago por cualquier título a favor de las personas a las que se refiere el artículo 2, (condenadas por corrupción –NR) (…) incluyendo los correspondientes a contratos de concesión (S/N), contratos de construcción o contratos de adquisición de bienes o prestación de servicios, ejercerán el derecho de retención hasta por un monto estimado equivalente al promedio del margen neto de ganancia, después de tributos, de los últimos cinco (5) años en proyectos similares. (…)

“Las entidades del Estado, directamente o través de una empresa supervisora, deberán asegurar que los recursos que sean transferidos a los concesionarios o contratistas se destinen exclusivamente a garantizar la continuidad, oportuna ejecución y/u operatividad (S/N) de las obras de infraestructura y la prestación de los servicios públicos.”

En este caso, el Estado tendrá que abonar a Odebrecht US$ 7 Millones para la O&M del componente de irrigación y US$ 7.5 Millones para la O&M del componente de trasvase mientras duren estas concesiones, tal como se establece en los respectivos contratos, y asegurarse que estos recursos se destinen a las actividades de operación y mantenimiento del sistema. Tampoco existe aquí relación alguna con la venta de las “acciones”. ¿Se debería destituir al Ministro de Agricultura por no interpretar y aplicar adecuadamente el D.U. 03-2017?

“Se genera o se ha generado un gran perjuicio económico a Lambayeque y al Estado”

En este caso hay que realizar una categórica precisión.

Muchas personas sentencian sin inmutarse que se pone en riesgo US$ 500 millones de inversión privada en el componente de irrigación Olmos, lo cual constituye una gran invención.

La realidad es muy diferente. La consultora Nippon Koei, contratada por el Gobierno Regional de Lambayeque, estimó la inversión total para la ejecución de estas obras en US$ 150 millones; sin embargo, valiéndose de una perniciosa normatividad legal aderezada en el régimen Fujimori, Odebrecht presentó una Iniciativa Privada que planteaba una inversión total de US$ 220 millones. Entregada la concesión a esta iniciativa se formuló un contrato totalmente lesivo a los intereses de Lambayeque y del país en el que, entre otros arreglos cuestionables, el Gobierno Regional de Lambayeque le entregó US$ 165 millones, producto de la venta de las tierras del proyecto, al concesionario para la ejecución de las obras

En este caso y por lo estipulado en el Contrato el Concesionario cobra a los Usuarios (Compradores de las tierras) por 380 MMC/año y a los Agricultores (De la Comunidad Campesina y del Valle Viejo) por 55 MMC/año a razón de US$ 0.07 el m3 de agua; es decir US$ 30. 5 millones anuales. Este monto será cobrado durante 23 años, después de concluidas las obras, con garantías del Estado en última instancia, para “recuperar” una supuesta inversión de US$ 55 millones. Si se deduce el gasto anual en O&M de US$ por 7 millones, que es un exceso, Odebrecht tiene una cuenta por cobrar de ¡US$ 540 millones¡

Este ilegítimo cobro es el que verdaderamente se encuentra en riesgo y éste es el verdadero perjuicio económico ocasionado a Lambayeque y el erario. Como se infiere fácilmente, Odebrecht no desea vender sus “acciones” a una empresa de la que es accionista sino el derecho de esta cobranza. Y que cancele US$ 60 millones al país por toda reparación civil es un negocio sin nombre en la medida que existen otras “concesiones” similares a ésta como el caso de las obras de trasvase de Olmos, IIRSA SUR, etc.

¿UNA RETIRADA CUBIERTA?

En principio se debe creer en la buena fe de los ministros y demás funcionarios implicados en este caso o en las limitantes que puedan afrontar; pero este escenario tiene todas las características de una estudiada retirada de Odebrecht con cobertura oficial para burlarse del país.

Ninguna persona ha presentado ante el Ministerio de Justicia solicitud alguna manifestando interés por la compra de las acciones de Odebrecht en Olmos; la Ministra de Justicia, que ha suscrito el D.U. 03-2017, no requirió a la Procuraduría la cifra estima de reparación civil (como mandata este decreto) y sugiere que ésta debió establecerla en base a los comentarios que circulaban sobre esta compra; y también se reunió con los integrantes del Consejo Regional de Lambayeque para convencerlos de que reconsideren la decisión adoptada con anterioridad de no aprobar la venta de las acciones de Odebrecht en Olmos, logrando su cometido. Este trastocar de procesos apunta a un posible globo de ensayo que busca la impunidad de Odebrecht.

El decreto materia de análisis señala, en su Artículo 4.- Procedimiento de adquisición, inciso 4.2, que “Cualquier persona que realice la adquisición de bienes, derechos, acciones o valores a los que se refiere el numeral 4.1 precedente, sin seguir previamente el procedimiento y realizar el depósito previstos en el numeral 6.2 del artículo 6 del presente Decreto de Urgencia, así como cualquier sucesivo adquirente de dichos bienes, derechos, acciones o valores, serán responsables solidarios con las personas a las que se refiere el artículo 2 por el pago de la reparación civil que corresponda efectuar a favor del Estado. Asimismo, quedarán inhabilitados para contratar con el Estado conforme al artículo 11 de la Ley No. 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y sus modificatorias.”

Ergo, si alguien adquiere los derechos de Olmos siguiendo este procedimiento no serán responsables solidarios con Odebrecht por la estafa ocasionada y para la cual contaron con la complicidad de funcionarios del gobierno central y regional. Estafa que en su momento fue materia de denuncias ante la Contraloría y la Fiscalía.

La Contraloría emitió una respuesta suscrita por el funcionario Paco Toledo Yallico pero a todas luces redactada al alimón con Odebrecht, en la que se sostiene que en este caso los recursos públicos están usados adecuadamente; la Fiscalía Provincial de Chiclayo no se dignó siquiera alcanzar una respuesta sobre las denuncias relacionadas a la posible confabulación de algunas personas que permitieron hacer realidad este inaudito contrato y acerca de lo cual se presentaron sólidas pruebas. Más aún, en la actualidad ninguna Fiscalía Ad hoc investiga estos hechos.

Finalmente, debe tenerse en cuenta en el contexto que este Contrato de Concesión fue suscrito por Neri Saldarriaga en remplazo de Yehude Simon, uno de los principales componedores del documento, que se encontraba desempeñándose como Premier de Alan García, y Enrique Salazar por parte del Gobierno Regional de Lambayeque y, en representación de H2OLMOS, por Jorge Barata, el más grande coimeador y corruptor de Odebrecht en el Perú.


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